Feijóo propone una ley migratoria que ya existe para contrarrestar el efecto de Vox

«Estamos trabajando en un proyecto de ley orgánica sobre la nacionalidad española. A España se viene a trabajar, se viene a aportar. En España se entra legalmente. En España, cualquier persona que conviva con nosotros ha de cumplir las leyes que nosotros también tenemos que cumplir y ha de integrarse en la sociedad. La nacionalidad española no se regala, ni el permiso legal de residencia se regala». Eran las palabras con las que el líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, se pronunciaba en una entrevista con el diario El Mundo, proponiendo algo que ya existe: los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social están regulados en una ley orgánica que lleva precisamente ese título: 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Pero no solamente ahí: el artículo 27 del Código Civil y el artículo 11 de la Constitución Española también contienen líneas relacionadas con esta materia, sobre la que el PP ha decidido posicionarse en tonos más broncos para competir con la ultraderecha. «Cualquier persona que conviva [en España] ha de cumplir las leyes que nosotros también tenemos que cumplir y ha de integrarse en la sociedad. La nacionalidad española no se regala, ni el permiso legal de residencia se regala. Por tanto, el que pueda venir con un contrato de trabajo, el que no tenga ningún tipo de antecedente penal o policial y el que se integre socialmente en España tiene posibilidades de convivir con los españoles. Desde luego, yo no seré el que regale la nacionalidad española ni el que dé permisos para todos. No lo voy a hacer», aseveraba el dirigente ‘popular’ ante el diario conservador, avanzando que su equipo trabaja en un proyecto de ley que aplicará si llega a La Moncloa para endurecer los requisitos para conseguir la nacionalidad española. Hasta tres textos legales regulan esta cuestión No obstante, el gallego pasa por alto que este asunto está regulado por las tres vías citadas en líneas anteriores. En concreto, el artículo 11 de la Constitución Española reza lo siguiente: La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley. Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad. El Estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países iberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España. En estos mismos países, aun cuando no reconozcan a sus ciudadanos un derecho recíproco, podrán naturalizarse los españoles sin perder su nacionalidad de origen. El artículo 27 del Código Civil, por su parte, contiene el siguiente texto: Los extranjeros gozan en España de los mismos derechos civiles que los españoles, salvo lo dispuesto en las Leyes especiales y en los Tratados. En tercer lugar, la Ley Orgánica sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social regula de manera extensa definiciones y obligaciones de las administraciones al respecto de la inmigración. Entre su…